DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017

Fecha: 02-Oct-2017

Artículo 68. Ingresos, tributación y otras recaudaciones

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Punata obtendrá sus ingresos propios, de los provenientes de impuestos, tasas, patentes, contribuciones especiales y otras recaudaciones de dominio municipal establecidas por Ley, pudiendo crear, suprimir o modificar tales mecanismos de recaudación, salvo en los siguientes casos:

II. Las obligaciones tributarias son imprescriptibles, pudiéndose incentivar a los habitantes mediante descuentos para el pago ágil y exenciones en casos especiales, justificados técnica y socialmente y  debiendo ser definidos mediante reglamento aprobado por dos tercios de voto del Concejo Municipal.

I.  El Gobierno Autónomo Municipal de Punata obtendrá sus ingresos propios, de los provenientes de impuestos, tasas, patentes, contribuciones especiales y otras recaudaciones de dominio municipal establecidas por Ley, pudiendo crear, suprimir o modificar tales mecanismos de recaudación, salvo en los siguientes casos: