DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017

Fecha: 02-Oct-2017

Artículo 18. Separación de órganos de Gobierno

La organización del Gobierno Autónomo Municipal de Punata estará fundamentada en la independencia, coordinación y cooperación de los dos órganos de Gobierno, en el marco de las atribuciones definidas para cada órgano de Gobierno, por lo que no existirá superioridad de un Órgano sobre el otro, encontrándose en igualdad jerárquica. El Concejo Municipal no tendrá ningún tipo de dependencia administrativa ni operativa de la Alcaldía, así como la Alcaldía no tendrá dependencia del Concejo Municipal, salvo excepciones específicas establecidas por la Constitución, la Carta Orgánica y las leyes, no pudiéndose reunir las funciones en un solo órgano de Gobierno, ni ser delegables entre sí”.

La organización del Gobierno Autónomo Municipal de Punata estará fundamentada en la independencia, coordinación y cooperación de los dos órganos de Gobierno, en el marco de las atribuciones definidas para cada órgano de Gobierno, por lo que no existirá superioridad de un Órgano sobre el otro, encontrándose en igualdad jerárquica. El Concejo Municipal no tendrá ningún tipo de dependencia administrativa ni operativa del órgano ejecutivo, así como éste no tendrá dependencia del Concejo Municipal, salvo excepciones específicas establecidas por la Constitución, la Carta Orgánica y las leyes, no pudiéndose reunir las funciones en un solo órgano de Gobierno, ni ser delegables entre sí”.