SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2018-S4
Fecha: 16-Abr-2018
II.19.
II.19. Mediante Nota Verbal 19/2017 de 22 de febrero, suscrita por la Embajada del Reino de España en el Estado Plurinacional de Bolivia y dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, se hizo devolución a dicha Cartera de Estado de la constancia de notificación y documento aclaratorio del Laudo Arbitral emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social del Estado Plurinacional de Bolivia, de 27 de enero de igual año, recordando el contenido de las Notas Verbales 124/2016 y 6/2017, por las que se hizo constar que la representación de los órganos del Reino de España en el Estado Plurinacional de Bolivia corresponde al “Jefe de Misión” y consiguientemente no procede la recepción de citaciones ni comunicaciones de órganos judiciales o administrativos dirigidas a miembros de dicha Misión Diplomática (fs. 41 de Anexo 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas.
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- II.24.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- el amparo constitucional boliviano en su dimensión procesal, se encuentra concebido como una acción que otorga a la persona la facultad de activar la justicia constitucional en defensa de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales
- la acción de amparo constitucional adquiere las características de sumariedad e inmediatez en la protección,
- Fragmento 36
- el debido proceso, exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR