SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2018-S4
Fecha: 16-Abr-2018
II.24.
II.24. Cursa Instructivo DGTHSO 034/2017 de 14 de marzo, por el que Elizabeth Marcela Molina Echavarría, Directora General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, instruye a las Jefaturas Departamentales y Regionales del Trabajo a dar cumplimiento a la Ley 465 y tomar en cuenta que toda actuación administrativa entre ellas notificaciones, reincorporaciones, audiencias por beneficios sociales, conflictos colectivos y otros, emitidos a través de las Jefaturas Departamentales, en las que intervengan representaciones diplomáticas, misiones especiales, consulares y organismos internacionales acreditados en el Estado Plurinacional de Bolivia, deberán ser previamente puestas en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia como única autoridad competente y responsable de coordinar y ejecutar la Política Exterior del Estado referido, constituyendo el canal oficial y formal del comunicación del Estado, velando y regulando los privilegios e inmunidades conforme el art. 4.II.4 de la Ley 465 del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia (fs. 34 de Anexo 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas.
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- II.24.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- el amparo constitucional boliviano en su dimensión procesal, se encuentra concebido como una acción que otorga a la persona la facultad de activar la justicia constitucional en defensa de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales
- la acción de amparo constitucional adquiere las características de sumariedad e inmediatez en la protección,
- Fragmento 36
- el debido proceso, exige que los litigantes tengan el beneficio de un juicio imparcial ante los tribunales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR