DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Articulo 86º

          II.        Los servicios públicos municipales, son otorgados por el Gobierno Autónomo Municipal en beneficio de los habitantes de su jurisdicción y serán regulados por el Órgano Ejecutivo mediante normas municipales, que prevean el buen uso y cobertura del servicio, buscando la convivencia pacífica y el bienestar de los pobladores del municipio.