DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Fragmento 159

Respecto al ámbito educativo, previamente corresponde señalar que, la Constitución Política del Estado prevé como derecho fundamental de todas las personas, el recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación alguna (art. 17 de la CPE), también, dispone que la educación se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, con la obligación de sostenerla garantizarla y gestionarla (art. 77 de la CPE); de ello, se extrae que el Estado, a través de todas las instancias y niveles, tiene la obligación ineludible de garantizar y sostener el ámbito educativo en nuestro país; para dicho propósito, el constituyente ha previsto un marco competencial en el cual se distribuye responsabilidades para cada nivel gubernamental, previendo con ello, la participación de las diferentes instancias en la educación, que mediante el ejercicio competencial asegurarán que la misma sea productiva, gratuita, integral e intercultural sin discriminación.