DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019

Fecha: 04-Sep-2019

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Se hace constar que, el Magistrado, Dr. Petronilo Flores Condori es de Voto Disidente en los siguientes arts.: 26.21, 22; 33. 26, 27; 75; 76; y, 93; Asimismo, la Magistrada MSc Karem Lorena Gallardo Sejas, es de Voto Disidente sobre los siguientes arts.: 13; 26.27; 43.4 y 5; 45.7; 48; 56.2, 3, 4, 5 y 8; 57.2 y 3: 63; 66; 67.I.1; y, es de Voto Aclaratorio en el art. 46. De la misma forma, la Magistrada, MSc. Brígida Celia Vargas Barañado, es de Voto Disidente en los siguientes arts.: 43.4 y 5; 44; 45; 47.II; 48; 49; 50; 51; 56.5; 57.3; 67.I; y, 95.II en la frase “la presente carta orgánica”. De igual manera, el Magistrado MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano es de Voto Disidente en los arts.: 26.15; 42.III; 50; 67.1, y es de Voto Aclaratorio en los arts. 42.II y 133. También, el Magistrado MSc Paúl Enrique Franco Zamora es de Voto Aclaratorio en el art. 46. Asimismo, el Magistrado MSc. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano es de Voto Aclaratorio en el art. 46. De igual modo, la Magistrada, MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, es de Voto Disidente en los arts. 29.I y 94.I.10.

Se hace constar que la Magistrada Relatora,  MSc. Georgina Amusquivar Moller es de Voto Disidente en el art. 47.II, y es de Voto Aclaratorio en los arts. 39.III; 46 y 112 en su párrafo introductorio, del proyecto de la Carta Orgánica del municipio de Sabaya, sometidos al control previo de constitucionalidad en la presente Declaración Constitucional Plurinacional; aspecto que asume esta instancia constitucional en el marco de su autonomía procesal.