SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2021-S2

Fecha: 26-May-2021

aún habiendo cesado las causas que originaron la misma a efectos de establecer las responsabilidades que correspondan

Es menester aclarar de forma previa al examen de la problemática; en atención a la resolución emitida por la Sala Constitucional y sus fundamentos, que el razonamiento expuesto en la Resolución 35/2020 para fundar la negatoria de la tutela, inobserva el contenido del art. 49.6 del CPCo, que establece que una vez programada la audiencia de acción de libertad, debe desarrollarse aún habiendo cesado las causas que originaron la misma a efectos de establecer las responsabilidades que correspondan, norma procesal que guarda relación con la jurisprudencia desarrollada en la SCP 2075/2013 de 18 de noviembre -por mencionar alguna- que permite la posibilidad de interponer la acción tutelar inclusive si hubiere cesado la restricción a los derechos conculcados, a fin de determinar la responsabilidad que amerite el acto ilegal y evitar que en el futuro se repitan las acciones ilegales denunciadas que vulneran derechos y garantías fundamentales; razón por la que, éste Tribunal se encuentra constreñido a ingresar analizar el fondo de la problemática planteada, según los siguientes fundamentos.