SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2021-S2

Fecha: 26-May-2021

excusación de la observancia de exigencias formales no esenciales y que pueden cumplirse después

[22] El principio de informalismo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo -Ley 2341 de 23 de abril de 2002-, fue ampliamente desarrollado respecto a su alcance y naturaleza por la SC 0642/2003-R de 8 de mayo, que en concreto determinó que: “…el principio de informalismo consiste en la excusación de la observancia de exigencias formales no esenciales y que pueden cumplirse después por ejemplo la errónea calificación del recurso… la excusación referida, debe ser interpretada siempre a favor del interesado o administrado…” (las negrillas y el subrayado nos corresponden).