Auto Supremo AS/0815/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0815/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Asimismo considerar que en aplicación del principio iura novit curia, se tiene la potestad del


Asimismo considerar que en aplicación del principio iura novit curia, se tiene la potestad del Tribunal de alzada para modificar la calificación jurídica, siempre y cuando tenga que cumplirse ciertos requisitos, y como se fundamentó precedentemente hubo una aplicación errada, de ello se concluye, que el actuar del Tribunal de apelación fue contraria a la doctrina legal aplicable en el Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006, que fue pronunciado en un caso relativo al delito de Giro de Cheque en Descubierto, demostrando flagrante violación del art. 204 citado como del principio de legalidad, en su componente de inexistencia de tipicidad de la conducta