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    Auto Supremo AS/0962/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0962/2019-RRC

    Fecha: 14-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de abril de 2019, cursante de fs
    • En juicio de admisibilidad, la Sala pronunció el Auto Supremo 538/2019-RA de 24 de julio,
    • El Tribunal de alzada, anulando la Sentencia, fue más allá de lo formulado por los
    • Falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado con relación a las apelaciones planteadas, en
    • El Tribunal de alzada, ingresó en contradicción con la doctrina legal del Auto Supremo 311/2015-RRC
    • El Tribunal de alzada confundió la causal del art
    • El Auto de Vista no fundamentó la nulidad de la Sentencia con relación al punto
    • Falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, con relación a cinco motivos de
    • Solicitó que, admitido su recurso, “ingresando al fondo se disponga se deje sin efecto el
    • El Ministerio Público, acusó la comisión del delito previsto en el art
    • Por su parte el acusador particular, Victor Pillco Apaza, calificó el hecho como Feminicidio, contenido
    • Desde ese día [la víctima] no retornó al domicilio del [procesado] porque estaba enferma tendida
    • El 11 de julio de 2017, el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Violencia Contra la
    • El Ministerio Público planteó inobservancia de la Ley sustantiva invocando el art
    • Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso la Sala Penal Cuarta del Tribunal
    • Teniendo en cuenta que en el presente proceso el recurrente de casación plantea varias problemáticas,
    • Explicó que en los recursos, no se fundamentó de forma precisa el agravio sufrido, sino
    • El recurrente señala que el Auto de Vista viabilizó la anulación de la Sentencia sin
    • “…la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar, justificar de forma
    • En cuanto al principio de congruencia, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de marzo, señaló: “Entendido
    • Corridos los traslados y presentadas las respuestas, por providencia de 8 de septiembre de 2017
    • En respuesta, Víctor Pillco Apaza, presentó memorial de fs
    • Los arts
    • Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
    • La Sala Penal pronunciante, identificando defectos formales en los recursos de apelación restringida, a través
    • En este sentido, se evidencia que el Auto de Vista 001/2019, en su Considerando VI,
    • Señala el recurrente que el Auto de Vista impugnado no precisó el defecto sobre la
    • Precisa que era obligación de la Sala Penal Cuarta, “determinar ¿cómo es que se habría
    • Activados los recursos de apelación restringida, la Sala Penal Cuarta, en relación a los reclamos
    • “Artículo 252 bis
    • Los artículos 252 y 252 bis del Código Penal consagran las circunstancias específicas de agravación
    • En relación al caso de autos, para fines de interpretación la Ley 348 en su
    • Así las cosas, en el caso del delito de Feminicidio, como se tiene antelado, debe
    • En los casos donde se acuse la preexistencia de violencia contra la víctima, anteriores a
    • En este sentido, la inobservancia y el total desentendimiento del Tribunal de sentencia en torno
    • La postura asumida por la Sentencia 41/2017, además de funestamente reduccionista, dejaría en claro que
    • Toda la suma de cuestiones señaladas, fueron atendidas por la Sala Penal Cuarta del Tribunal
    • Aduce la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado con relación a las apelaciones
    • En la línea de elementos descritos en el precedente contradictorio, sostiene que el Auto de
    • El Auto Supremo 452/2015-RRC de 29 de junio, con el antecedente de la nulidad de
    • El precedente en cuestión, consideró que el Tribunal de alzada sin mediar fundamentación alguna concluyó
    • “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa, clara,
    • De manera previa, la Sala razona que la postura procesal asumida en casación posee en
    • Ciertamente las falencias detectadas por el Tribunal de apelación en la sentencia son bastante evidentes,
    • El recurrente sostiene que el Tribunal de alzada, ingresó en contradicción con la doctrina legal
    • El Auto Supremo 311/2015-RRC de 20 de mayo, fue pronunciado por la Sala Penal del
    • Una contestación no tiene una pretensión impugnaticia propia, separada o diferente del memorial de apelación
    • En consecuencia la contradicción pretendida deviene en infundada, pues el Auto de Vista 001/2019, en
    • Manifiesta que, el Tribunal de apelación confundió gravemente “dos causales de apelación diametralmente distintas en
    • Auto Supremo 044/2016-RRC de 21 de enero: dictado por la Sala Penal del Tribunal Supremo
    • El Auto Supremo 54 de 9 de marzo de 2010, reitera la amplia jurisprudencia en
    • Siguiendo la opinión de Vigo, el ejercicio racional que legitime la imparcialidad del juzgador, debe
    • Este apunte sobre fundamentación, sirve de sostén para declarar la inexistencia de contradicción entre el
    • Denuncia que el Auto de Vista no fundamenta la nulidad de la Sentencia con relación
    • “…la facultad de control respecto a la valoración de la prueba asignada al Tribunal de apelación, que
    • La Sala Penal Cuarta, en conclusiones, especificó que
    • La Sentencia emitida en la presente causa, eludió vergonzosamente la apreciación de la calificación legal
    • El recurrente denuncia falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, con relación a cinco
    • El planteamiento propuesto por el apelante, en sentido que no se hubo considerado la denuncia
    • Tal cual se especificó, la doctrina legal invocada por el recurrente se encuadró en la
    • Por los fundamentos expuestos, la Sala establece que los motivos propuestos por el imputado carecen
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FDO
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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