Auto Supremo AS/0249/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2019

Fecha: 08-Mar-2019

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1.Señaló que el Auto de Vista, ha vulnerado el debido proceso en su componente de una resolución congruente puesto que la entidad demandada en su recurso de apelación, alegó que había sido vulnerado su derecho al debido proceso en sus componentes del derecho a la defensa, deber de fundamentación y congruencia de las resoluciones judiciales insertos en los párrafos 35 y 65 de su recurso de impugnación, pero contradictoriamente el Tribunal Ad quem, no hizo alusión siquiera a los argumentos esgrimidos por la empresa recurrente, ignorándolos aun cuando estos constituían una cuestión esencial para la resolución de la controversia, además que la carencia de manifestación y resolución sobre estos argumentos inevitablemente conllevan a que la resolución de segunda instancia carezca de congruencia.
2.Acusó que además de no existir congruencia en la resolución de segunda instancia, esta no se encontraría fundamentada, puesto que los vocales debieron individualizar concretamente todos los argumentos vertidos por la empresa recurrente a través de un nexo de causalidad entre las pretensiones y los supuestos previstos en la norma, sustentado su decisión en relación a cada argumento, limitándose el Tribunal Ad quem a citar doctrina, normas y pruebas sin establecer el nexo de causalidad o la razón por la cual aquellos desvirtúan los argumentos del recurso de apelación