Auto Supremo AS/0249/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2019

Fecha: 08-Mar-2019

“Sin embargo, como observa MESSINEO “a la acción de reconocimiento se ha reconocido, el carácter

“Sin embargo, como observa MESSINEO “a la acción de reconocimiento se ha reconocido, el carácter de remedio de orden general; en ella, en efecto, se manifiesta el principio según el cual no es admisible el perjuicio patrimonial ajeno sin una razón justificada” (T. VI, Pag. 467).”