Sentencia Rol 257 - 2017
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 257 - 2017

Fecha: 18-Jun-2020

0000144 CIENTO CUARENTA Y CUATRO segundo, del Código Tributario, invocados por el Servicio, considerando que el contribuyente habría efectuado declaraciones de impuestos maliciosamente falsas

0000144 CIENTO CUARENTA Y CUATRO segundo, del Código Tributario, invocados por el Servicio, considerando que el contribuyente habría efectuado declaraciones de impuestos maliciosamente falsas. Se controvierte, así, la existencia de falsedad y malicia en las declaraciones, por lo que la actuación del Servicio para fiscalizar y liquidar impuestos debidos más allá del plazo de 3 años de la prescripción ordinaria es contraria a derecho. Luego de la etapa probatoria, agrega, se dictó sentencia definitiva, rechazando los reclamos tributarios. A lo anterior interpuso un recurso de casación en la forma y apelación, en conjunto, en contra de la sentencia definitiva. En cuanto al conflicto constitucional, la actora, en primer lugar, plantea una transgresión al artículo 19 N° 2° de la Constitución. Las normas cuestionadas vulneran la garantía de igualdad ante la ley, porque se impide al litigante en sede tributaria disponer de los medios recursivos que se le otorgan a cualquier otra parte en sede civil. Señala que los preceptos impugnados limitan el accedo a los recursos para que las partes puedan solicitar la revisión de lo resuelto al superior jerárquico, lo que constituye una decisión legislativa a su juicio arbitraria y carente de razonabilidad. En segundo término, la requirente alega una trasgresión al debido proceso, al suprimir un medio recursivo dentro de un procedimiento especial, sin justificación lógica ni racional, lo que lo transforma en arbitrario e ilegal. Explica que el derecho al recurso forma parte esencial del debido proceso, y éste está limitado por las normas cuestionadas. Finalmente, aduce una vulneración del artículo 19 N° 26° constitucional, al verse afectadas en su esencia las garantías ya indicadas. Tramitación El requerimiento fue acogido a trámite por la Primera Sala, con fecha 13 de enero de 2020, a fojas 79, disponiéndose la suspensión del procedimiento. En resolución de fecha 10 de marzo de 2020, a fojas 95, se declaró admisible el libelo, confiriéndose traslados de fondo. 3