EXTINCIÓN DE DOMINIO. CONCEPTO DE HECHO ILÍCITO PARA EFECTOS DE LA ACCIÓN RELATIVA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Suprema Corte de Justicia de la Nación

EXTINCIÓN DE DOMINIO. CONCEPTO DE HECHO ILÍCITO PARA EFECTOS DE LA ACCIÓN RELATIVA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

Fecha: 17-Abr-2015

A Corresponde Al Congreso De La Unión

"I. Legislar en lo relativo al Distrito Federal, con excepción de las materias expresamente conferidas a la Asamblea Legislativa."

34. Luego, de la simple lectura del precepto constitucional anterior, claramente se advierte que el Distrito Federal tiene su propio cuerpo legislativo a nivel local denominado "Asamblea Legislativa del Distrito Federal", y que éste sólo está facultado para legislar en aquellas materias que le han sido delegadas expresamente.

35. En efecto, de la norma transcrita se advierte que corresponde al Congreso de la Unión legislar en lo relativo al Distrito Federal, salvo en aquellas materias conferidas a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por delegación expresa.

36. El artículo 122 constitucional, apartado "C", base primera, fracción V, enumera las facultades que han sido delegadas a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, como sigue: