EXTINCIÓN DE DOMINIO. CONCEPTO DE HECHO ILÍCITO PARA EFECTOS DE LA ACCIÓN RELATIVA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Fecha: 17-Abr-2015
Artículo Decomiso E Incautación
"1. Los Estados parte adoptarán, en la medida en que lo permita su ordenamiento jurídico interno, las medidas que sean necesarias para autorizar el decomiso:
"a) Del producto de los delitos comprendidos en la presente convención o de bienes cuyo valor corresponda al de dicho producto;
"b) De los bienes, equipo u otros instrumentos utilizados o destinados a ser utilizados en la comisión de los delitos comprendidos en la presente convención.
"2. Los Estados parte adoptarán las medidas que sean necesarias para permitir la identificación, la localización, el embargo preventivo o la incautación de cualquier bien a que se refiera el párrafo 1 del presente artículo con miras a su eventual decomiso.
"3. Cuando el producto del delito se haya transformado o convertido parcial o totalmente en otros bienes, esos bienes podrán ser objeto de las medidas aplicables a dicho producto a tenor del presente artículo.
"4. Cuando el producto del delito se haya mezclado con bienes adquiridos de fuentes lícitas, esos bienes podrán, sin menoscabo de cualquier otra facultad de embargo preventivo o incautación, ser objeto de decomiso hasta el valor estimado del producto entremezclado.
"5. Los ingresos u otros beneficios derivados del producto del delito, de bienes en los que se haya transformado o convertido el producto del delito o de bienes con los que se haya entremezclado el producto del delito también podrán ser objeto de las medidas previstas en el presente artículo, de la misma manera y en el mismo grado que el producto del delito.
"6. Para los fines del presente artículo y del artículo 13 de la presente convención, cada Estado parte facultará a sus tribunales u otras autoridades competentes para ordenar la presentación o la incautación de documentos bancarios, financieros o comerciales. Los Estados parte no podrán negarse a aplicar las disposiciones del presente párrafo amparándose en el secreto bancario.
"7. Los Estados parte podrán considerar la posibilidad de exigir a un delincuente que demuestre el origen lícito del presunto producto del delito o de otros bienes expuestos a decomiso, en la medida en que ello sea conforme con los principios de su derecho interno y con la índole del proceso judicial u otras actuaciones conexas.
"8. Las disposiciones del presente artículo no se interpretarán en perjuicio de los derechos de terceros de buena fe."
- Extinción De Dominio El Principio De Presunción De Inocencia No Es Aplicable Al Juicio Relativo
- Iii Competencia Y Oportunidad
- Iv Existencia Del Acto Reclamado
- V Consideraciones Y Fundamentos
- C Que Estaba Impedido Para Conocer Su Utilización Ilícita
- I Planteamientos De Legalidad
- Ii Planteamientos De Inconstitucionalidad
- Vi Estudio
- Los Motivos De Agravio Sintetizados Son Infundados Atento A Los Consideraciones Siguientes
- A Corresponde Al Congreso De La Unión
- Base Primera Respecto A La Asamblea Legislativa
- N Expedir La Ley Orgánica Del Tribunal De Lo Contencioso Administrativo Para El Distrito Federal
- P Las Demás Que Se Le Confieran Expresamente En Esta Constitución
- Las Inconformidades Expresadas En Ese Sentido Son Infundadas
- I Será Jurisdiccional Y Autónomo Del De Materia Penal
- Iniciativa De Diputado Grupo Parlamentario Del Pri
- Exposición De Motivos
- Los Que Sean Instrumento Objeto O Producto Del Delito
- Ii El Jefe De Gobierno Del Distrito Federal Tendrá Las Facultades Y Obligaciones Siguientes
- A Su Vez El Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal
- Tales Aseveraciones Son Infundadas Por Lo Siguiente
- A Continuación Se Desarrollan Ambas Premisas
- Utilización Restrictiva De La Figura De Extinción De Dominio
- De Dicha Fracción Se Obtienen Estas Premisas
- A Hecho Ilícito
- Artículo
- C Principio De Presunción De Inocencia
- Artículo B De Los Derechos De Toda Persona Imputada
- D Cargas Probatorias
- Iv Cuando La Negativa Fuere Elemento Constitutivo De La Acción
- Artículo La Buena Fe Se Presume Para Destruir Esta Presunción Se Requiere Prueba Plena
- La Carga De La Prueba
- Los Terceros En Especial El Concepto De Buena Fe
- Los Artículos Citados Disponen Lo Siguiente
- Ii Se Haya Probado Que Son De Los Señalados En El Artículo De La Ley Y
- Asimismo Del Proceso De Discusión Debe Resaltarse Lo Siguiente
- Aprobada La Propuesta Diputado Presidente
- El C Diputado Con Su Venia Diputado Presidente
- Reformado Go De Julio De
- En Consecuencia Esta Primera Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- C Senador
- C De Los Derechos De La Víctima O Del Ofendido
- Dictamen Emitido Por Las Comisiones Unidas De Puntos Constitucionales Párrafo
- Artículo Garantías Judiciales
- Amparo En Revisión Resuelto En Sesión De Once De Noviembre De Dos Mil Once
- Artículo De La Ley De Extinción De Dominio Para El Distrito Federal
- Artículo Decomiso E Incautación