CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 215/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO, EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO Y EL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER C
Fecha: 14-Abr-2023
Para Sustentar Su Demanda Señaló Los Hechos Y Ofreció Las Pruebas Que Estimó Pertinentes
• Mediante escrito presentado el veintidós de abril de dos mil dieciséis, a través del cual Dominga Candelaria Santiago, produjo su contestación a la demanda instaurada en su contra, y opuso como excepciones:
"A) La prevista en la fracción II del artículo 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, consistente en el hecho de no haber sido la demandada quien firmó el documento por la cantidad de $60,000.00 (sesenta mil pesos 00/100 M.N.), pues el mismo no aparece firmado por ella, como aval, como se desprende a simple vista del propio título de crédito.
"B) La prevista en la fracción VI del citado numeral 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, consistente en la alteración del texto del documento, lo que se aprecia a simple vista, pues fueron llenados con posterioridad los espacios que se encontraban en blanco, con una tinta y letra totalmente diferentes al resto del documento, alterando así las condiciones en que fue expedido el pagaré base de la acción, por la cantidad de ciento treinta mil pesos.
"C) La excepción prevista en la fracción V del referido numeral 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, fundada en que el documento base de la acción no reúne los requisitos que un pagaré debe contener.
"D) La excepción prevista en la fracción XI del artículo en cita, que se refiere a las personales que tenga el demandado contra el actor, pues la cantidad que ahora reclama, y que pretende documentar mediante el pagaré exhibido identificado con el número dos, se encuentra totalmente liquidada, ya que se le pagó a través de Ernesto Domínguez Mackarty, que fue quien le cobró a su esposo José Luis Alceda Sosa, por órdenes e instrucciones del endosante."
- Índice Temático
- I Antecedentes Del Asunto
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- Iv Presupuestos Para Determinar La Existencia De La Contradicción De Criterios
- V Criterios Denunciados
- C El Pago De Gastos Y Costas Que Se Originen Con Motivo De La Tramitación De Este Juicio
- Quintonotifíquese
- Segundono Se Hace Especial Condena En Costas A La Apelante En Esta Instancia
- Gastos Y Costas De La Instancia Judicial Fojas Y Del Expediente
- El Tipo De Relación Existente Entre Las Partes
- La Existencia De Garantías Para El Pago Del Crédito
- Otras Cuestiones Que Generen Convicción En El Juzgador
- Reiterara Los Aspectos Que No Fueron Materia De La Concesión
- Ponderada Anualizada Referente A Los Clientes No Totaleros Con Y Sin Promociones
- Hecho Lo Anterior Con Libertad De Jurisdicción Resolviera Lo Que En Derecho Correspondiera
- Ci Amparo Directo
- Notifíquese
- Cii Amparo Directo
- Ciii Amparo Directo
- C El Pago De Los Gastos Y Costas Que Originen Con La Tramitación Del Presente Juicio
- Quintonotifíquese Por Lista De Acuerdos A Las Partes
- Civ Amparo Directo
- Para Sustentar Su Demanda Señaló Los Hechos Y Ofreció Las Pruebas Que Estimó Pertinentes
- Dicha Demandada Refutó Los Hechos Imputados Y Ofreció Las Pruebas Que Estimó Pertinentes
- Cv Amparo Directo
- C El Pago De Los Gastos Y Costas Que Origine El Presente Juicio Hasta Su Conclusión
- Cuartonotifíquese Por Lista De Acuerdos Y Remítase Copia Certificada
- Vi Análisis Sobre La Existencia O Inexistencia De La Contradicción
- B Llegado A Conclusiones Encontradas Respecto A La Resolución De La Controversia Planteada
- Vii Criterio Que Debe Prevalecer
- A El Tipo De Relación Existente Entre Las Partes
- F La Existencia De Garantías Para El Pago Del Crédito
- J Otras Cuestiones Que Generen Convicción En El Juzgador
- Viii Decisión
- Ibídem Acuerdo Presidencial Inicial Avocamiento Foja
- Considerando El Más Alto Respecto De Operaciones Similares En La Época De La Que Se Analice
- Resuelto En Sesión De Veintidós De Junio De Dos Mil Dieciséis Por Unanimidad De Cinco Votos
- Xi Operar Con Documentos Mercantiles Por Cuenta Propia