CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 215/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO, EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO Y EL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 215/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO, EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO Y EL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER C

Fecha: 14-Abr-2023

Quintonotifíquese

• Inconforme con la sentencia anterior, el demandado Trinidad Miguel Campuzano Martínez, por derecho propio, interpuso recurso de apelación, cuyo conocimiento correspondió a la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México la que, en proveído de dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, confirmó la calificación de grado en que fue admitido dicho recurso por el juzgador de primera instancia, registrándose bajo el toca 808/2019/1. Y dictó sentencia el dos de diciembre de dos mil diecinueve, con los siguientes puntos resolutivos:

"PRIMERO.—Se modifica la sentencia definitiva de nueve de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por la Juez Vigésimo Octavo de lo Civil de la Ciudad de México, en los autos del juicio ejecutivo mercantil seguido por López Muñoz Marcelo Eduardo en contra de Campuzano Martínez Trinidad Miguel, para quedar en los términos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.