El art. 11
El art. 8-a) del citado Reglamento de Ética, atribuye a la Comisión Permanente de Ética la competencia de conocer las denuncias contra Diputados Nacionales sobre incumplimiento de normas éticas, que le remita la Directiva de la Cámara. El art. 11 del mencionado Reglamento establece que la facultad de admitir la procedencia de la denuncia en contra de la conducta de un Diputado, para ser derivada a conocimiento de la Comisión de Ética, será determinada por la Directiva de la Cámara de Diputados, mediante Resolución expresa, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en dicha norma para una denuncia. La Directiva de la Cámara derivará la denuncia recibida a la Comisión Permanente de Ética en los siguientes quince días hábiles, si no lo hiciere, el denunciante podrá presentar su denuncia directamente a la Comisión, la que solicitará a la Presidencia de la Directiva Camaral una fundamentación escrita de su actuación en el caso; si esa fundamentación fuera considerada insuficiente por la Comisión, procederá a dar el tratamiento respectivo hasta su conclusión (art. 12).
- Enrique Loayza Torres y Hadda Burgoa La Forcada en representación de Luis Alberto Valle Ureña
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- : a)
- I.2 Admisión y citaciones
- I.3 Alegaciones de la parte recurrida
- a)
- I.4
- II.1.
- II.2.1
- II.2.2
- II.3. La Resolución Camaral Nº 115/2001-2002 de 30 de enero de 2002
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- El art. 11
- III.2
- el mismo no se sujetó a las previsiones procesales establecidas para el proceso de las denuncias sentadas contra Luis Alberto Valle Ureña,
- la dispensación de trámite
- III.3
- separar,
- Fragmento 22
- se ha infringido el principio de legalidad al aplicar a un comportamiento completamente distinto, la sanción establecida por el art. 67-4ª de la Constitución,
- III.4
- Fragmento 25
- III.5
- III.6
- III.7
- La sesión del 30 de enero de 2002 fue pública, a solicitud expresa del Diputado denunciado, Luis Alberto Valle Ureña dada a conocer por el Jefe de la bancada del partido político al que pertenece (fs. 114),
- FUNDADO
