II.2.2
II.2.2 El Informe de la Comisión de Ética, leído en dicha sesión, recomendó, igualmente por unanimidad (fs. 115 a 121), la separación definitiva del Diputado Luis Alberto Valle Ureña. Seguidamente se dio lectura a los memoriales presentados por el mencionado Diputado, suscritos por la abogada Hadda Burgoa La Forcada, de 25 y 30 de enero de 2002, el primero observando la competencia de la Cámara de Diputados para conocer y resolver las denuncias planteadas en su contra, y el segundo, solicitando licencia para encarar las acciones legales iniciadas contra él.
- Enrique Loayza Torres y Hadda Burgoa La Forcada en representación de Luis Alberto Valle Ureña
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- : a)
- I.2 Admisión y citaciones
- I.3 Alegaciones de la parte recurrida
- a)
- I.4
- II.1.
- II.2.1
- II.2.2
- II.3. La Resolución Camaral Nº 115/2001-2002 de 30 de enero de 2002
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- El art. 11
- III.2
- el mismo no se sujetó a las previsiones procesales establecidas para el proceso de las denuncias sentadas contra Luis Alberto Valle Ureña,
- la dispensación de trámite
- III.3
- separar,
- Fragmento 22
- se ha infringido el principio de legalidad al aplicar a un comportamiento completamente distinto, la sanción establecida por el art. 67-4ª de la Constitución,
- III.4
- Fragmento 25
- III.5
- III.6
- III.7
- La sesión del 30 de enero de 2002 fue pública, a solicitud expresa del Diputado denunciado, Luis Alberto Valle Ureña dada a conocer por el Jefe de la bancada del partido político al que pertenece (fs. 114),
- FUNDADO
