II.5.
II.5. De acuerdo a la Certificación de 26 de febrero de 2002 (fs. 57 y 58), emitida por el Secretario General de la Fiscalía General de la República, contra Luis Alberto Valle Ureña, existen dos denuncias presentadas por Samuel Cano Pomier en representación de Germán Velasco Cortéz, Prefecto del Departamento de La Paz, por la presunta comisión del delito de malversación, y René Blattman, por el supuesto delito de malversación de caudales públicos asimismo, existen dos querellas, formuladas por el citado Prefecto, por conducta antieconómica y uso indebido de influencias, y por María Gutiérrez Alcón en representación de la Prefectura de La Paz, por malversación.
- Enrique Loayza Torres y Hadda Burgoa La Forcada en representación de Luis Alberto Valle Ureña
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- : a)
- I.2 Admisión y citaciones
- I.3 Alegaciones de la parte recurrida
- a)
- I.4
- II.1.
- II.2.1
- II.2.2
- II.3. La Resolución Camaral Nº 115/2001-2002 de 30 de enero de 2002
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- El art. 11
- III.2
- el mismo no se sujetó a las previsiones procesales establecidas para el proceso de las denuncias sentadas contra Luis Alberto Valle Ureña,
- la dispensación de trámite
- III.3
- separar,
- Fragmento 22
- se ha infringido el principio de legalidad al aplicar a un comportamiento completamente distinto, la sanción establecida por el art. 67-4ª de la Constitución,
- III.4
- Fragmento 25
- III.5
- III.6
- III.7
- La sesión del 30 de enero de 2002 fue pública, a solicitud expresa del Diputado denunciado, Luis Alberto Valle Ureña dada a conocer por el Jefe de la bancada del partido político al que pertenece (fs. 114),
- FUNDADO
