SENTENCIA CONSTITUCIONAL 66/02
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 66/02

Fecha: 02-Ago-2002

II.2.1

II.2.1  A solicitud del Diputado Böhrt, el Diputado Jorge Sensano (fs. 114), expresó que Luis Alberto Valle no podía estar presente en el hemiciclo parlamentario, pero que le pidió que, como Jefe de Bancada, transmita al Pleno Camaral que no obstante el art. 91 del Reglamento de la Cámara establece que toda situación como la que se llevaría adelante merece el tratamiento en sesión reservada, a solicitud y derecho privativo del interesado, ésta podría ser pública, por lo que, a pedido de la bancada del M.N.R., el interesado ha aceptado que sea pública, en mérito de lo que se sometió a votación, siendo unánime la voluntad de todos los presentes para que la sesión sea pública.