SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R

Fecha: 06-May-2004

2)

2)  Mediante el recurso de amparo, no se puede revocar una decisión judicial adoptada por Magistrados con competencia en el ejercicio de la jurisdicción que les atribuye la ley; si se dieran acciones de esta naturaleza, se estaría socavando el orden y la seguridad jurídica que son las bases de la administración de justicia.