SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R

Fecha: 06-May-2004

III.2.2.

III.2.2. En tal sentido, si bien los supuestos delitos imputados fueron cometidos en los acontecimientos de febrero; empero, no es posible afirmar que fueron realizados en ocasión del servicio, y menos concluir -como lo hacen los vocales recurridos- que en virtud a ello, su tipificación corresponde a la codificación militar y que están sometidos a la jurisdicción y competencia de la justicia militar, por cuanto ni la Constitución  ni la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, bajo ninguna circunstancia, tienden convalidar la vulneración de derechos y garantías constitucionales en mérito a la defensa de la seguridad y el mantenimiento del orden público; toda vez que, conforme se ha establecido, la actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas, si bien encuentra su fundamento en la Constitución, también encuentra en ella su límite, por lo que, en coherencia con lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos III.1.2 y III.1.3 de la presente Resolución, no se puede determinar el nexo de causalidad exigido entre la función encomendada y el supuesto delito cometido.