SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R

Fecha: 06-May-2004

norma que garantiza a las personas

El art. 13 de la CPE, señala que “los atentados contra la seguridad personal hacen responsables a sus autores inmediatos, sin que pueda servirles de excusa el haberlos cometido por orden superior”, norma que garantiza a las personas que los actos cometidos contra su seguridad, en cumplimiento de una orden ilegítima, no quedarán en la impunidad, y que los autores deben ser juzgados por un juez imparcial, en un debido proceso, con el fin de establecer su participación y responsabilidad.  Por consiguiente, el desarrollo de los “actos de servicio” realizados por miembros de las Fuerzas Armadas, en cumplimiento de su misión constitucional, encuentra su límite en el respeto a la seguridad personal, de donde se extrae que no se podrá justificar su lesión en virtud al cumplimiento de funciones asignadas, como la seguridad y la estabilidad de la República y el Gobierno legalmente constituido.