SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2004-R

Fecha: 06-May-2004

III.2.1.

III.2.1. En primer lugar, es menester dejar establecido que las Fuerzas Armadas actuaron en los sucesos de febrero a solicitud del Poder Ejecutivo, debido a la particular situación que enfrentaba el país en esos momentos, facultad que, de acuerdo a las normas referidas anteriormente, está prevista en La Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, toda vez que el art.8 inc.b) señala que el Presidente de la República puede hacer uso de las fuerzas militares, en lo interno, para mantener el orden público, cuando las instituciones legalmente constituidas para este fin, resultaren insuficientes. Situación que se presentó en el caso de análisis, por cuanto la Institución que de acuerdo al art. 215 de la CPE tiene la misión de defensa de la sociedad y conservación del orden público (Policía Nacional), en ese momento no estaba cumpliendo sus funciones