SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2004-R
Fecha: 02-Jul-2004
II.13.
II.13. El 17 de diciembre de 2003, la Sala Plena de la Corte Suprema, conformada por los ministros y conjueces recurridos, emitió la Sentencia 114/2003, por la que se declaró improbada la demanda interpuesta por la empresa “IMB”, con costas, en consideración a que ésta carecía de derecho subjetivo vulnerado por cuando no formaba parte integrante del contrato de arrendamiento suscrito entre “COMIBOL” Y “COMISO S.A.“, siendo sólo administrador de un contrato de riesgo compartido suscrito entre “COMISO S.A.” e “IMB”, no pudiendo por ello constituir sociedad ni establecer personalidad jurídica conforme establecía la norma prevista por el art. 78 de la Ley 1243 (Código de Minería Abrogado), no habiendo demostrado además poseer un derecho como concesionario minero o poseedor legal para la procedencia del amparo Administrativo Minero conforme exige el art. 42 del CM y por ello la Resolución SM. LP 91/01 de 13 de noviembre, pronunciada por la Superintendencia de Minas de La Paz, Beni y Pando, no vulneró ningún derecho (fs. 236 a 243) Esta sentencia se notificó personalmente al recurrente el 13 de enero de 2004 (fs. 245).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- b)
- d)
- f)
- g)
- h)
- i)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- procedente
- Fragmento 12
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1.
- III.2.
- que la Ley fundamental del País, persigue evitar la imposición de una sanción, o la afectación de un derecho, sin el cumplimiento de un proceso previo, en el que se observen los derechos fundamentales y las garantías de naturaleza procesal contenidos en la Constitución y las leyes que desarrollan tales derechos
- III.3
- III.4
- Fragmento 32
- III.5.
- “
- III.6.
- Fragmento 36
- III.7.