SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2005

Fecha: 03-Oct-2005

i)

i) En el art. 2, el Ministerio de Defensa Nacional se arroga competencias de otras reparticiones del Estado como el almacenamiento, procesamiento y comercialización de productos capturados, siendo que por tratarse de pesca marítima, todas esas actividades se realizan en territorios bajo soberanía de otros Estados en los que la Resolución Ministerial impugnada no tiene validez, resultando absurdo suponer que el Ministerio imponga normas de almacenamiento, procesamiento y comercialización en países extranjeros que cuentan con legislaciones serias y más avanzadas, y que en el hipotético caso de que esos productos ingresen a territorio nacional, serán la Aduana, el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) y los Gobiernos Municipales quienes determinen la forma en que se desarrollarán tales actividades, por lo que el Ministerio de Defensa Nacional usurpa funciones.