SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006

Fecha: 18-Oct-2006

- Personas jurídicas:

- Personas jurídicas: El art. 84 del CTb, determina que las entidades o colectividades tengan o no personalidad jurídica, pueden ser sancionadas pecuniariamente por delitos o contravenciones tributarias, añadiendo posteriormente que “Sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria de la entidad, sus representantes, directores, gerentes, administradores o mandatarios podrán ser sancionados por su actuación personal en el delito o contravención, siempre que hubieran actuado con dolo o culpa”.