SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006

Fecha: 18-Oct-2006

Sujeto pasivo:

Sujeto pasivo: El sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria es  la persona que debe cumplir con la obligación tributaria. El carácter de sujeto pasivo lo define la ley, por ello, cada ordenamiento jurídico determina en su correspondiente legislación tributaria sobre quienes recae el cumplimiento de la obligación, estableciendo quienes son los sujetos pasivos. Según define el art. 22 del CTb el sujeto pasivo de la obligación tributaria, es “…la persona obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable”. (El subrayado es nuestro).  Consecuentemente,  de conformidad con la norma prevista en el Código Tributario abrogado, disposición legal que es objeto de análisis, el término sujeto pasivo engloba a dos diferentes sujetos que intervienen en la relación tributaria y que se constituyen en los sujetos pasivos de la obligación tributaria; ellos son, por una parte, los contribuyentes y por otra, los responsables.