SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2006

Fecha: 18-Oct-2006

Fragmento 37

                      El incidentista sostiene que el art. 27 del CTb, no precisa el alcance de lo que debe entenderse por “obligación tributaria”, incurriendo en omisión normativa, ya que no define si se refiere sólo al tributo determinado, o también a los accesorios y multas, lo que a su juicio va en contra del principio de personalidad de la pena, solicita que dicho artículo sea interpretado conforme a la Constitución y ante la supuesta duda sobre su alcance, propone que se opte por una solución que sea más favorable al ámbito de las libertades y derechos de la persona que concurre como responsable, concluyendo que la responsabilidad de éste, en el marco de la interpretación que propone, se limite al pago del tributo omitido y no pagado por el contribuyente y que no debería alcanzar a los accesorios constituidos por las multas, mantenimiento de valor e intereses, que según él, no son propiamente obligaciones tributarias, sino penalidades que aplica la Administración Tributaria por delitos y contravenciones.