SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2006
Fecha: 22-May-2006
f)
f) Sostiene que el art. 32 de la LEc, señala que al vencimiento del plazo de una concesión, la Superintendencia de Electricidad otorgará una nueva, repitiéndose los procedimientos indicados en los artículos anteriores. Lo que importa mencionar es que esta Ley fue aprobada por una coyuntura política dominada por el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), omitiendo expresamente el requisito que los contratos que emergen de las concesiones y licencias sean autorizados por el Poder Legislativo. Es así que la Ley de Electricidad ha permitido que el Poder Ejecutivo, a través de la Superintendencia de Electricidad, suscriba contratos para la explotación de la riqueza nacional, sin contar con el requisito del art. 59.5ª de la Constitución, y, más aún, ha permitido que los particulares suscriban contratos entre si que permiten verdaderos actos de enajenación de nuestros recursos, violándose nuevamente el arts. 59.5ª y 7ª de la CPE.
Este precepto constitucional proclama, por un lado, el principio de supremacía constitucional, que implica que la constitución es la Ley Suprema y fundadora de todo el ordenamiento jurídico del país, y de otro, el principio de jerarquía normativa, al señalar la estructura jurídica del Estado respecto de los niveles jerárquicos de las disposiciones que conforman el ordenamiento, constituyendo así la pirámide jurídica en la que las normas inferiores no pueden contradecir a las superiores.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- j)
- admitió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- “ARTÍCULO 5. (APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES).
- “ARTÍCULO 9. (EXPORTACIONES, IMPORTACIONES DE ELECTRICIDAD E INTERCONEXIONES INTERNACIONALES).
- “ARTCULO 12. (FUNCIONES y ATRIBUCIONES).
- “ARTÍCULO 27. (PUBLICIDAD y OPOSICIÓN).
- “ARTÍCULO 31. (CONTRATOS DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD).
- “ARTÍCULO 32. (VENCIMIENTO Y TRANSFERENCIA).
- Fragmento 20
- a) El art. 2 de la CPE.
- b) El art. 30 de la CPE.
- c) El art. 59.5ª y 7ª de la CPE.
- Fragmento 24
- El art. 59.7ª de la CPE,
- SC 0019/2005,
- los alcances del carácter inviolable que la Constitución otorga a los bienes del patrimonio de la Nación
- de las normas previstas por los arts. 136, 137, 138, 139 y 59.7ª de la CPE se infiere que el Constituyente
- la distribución de competencias y potestades entre diversos órganos estatales para el ejercicio del poder
- a) La decisión política conformadora o fundamental,
- b) La ejecución de la decisión de la política fundamental,
- c) El control político,
- III.3.2.El control del Legislativo sobre el Ejecutivo
- III.3.3.La inconstitucionalidad por omisión
- una Constitución integrada por normas de diferente carácter
- a) Cláusulas declarativas,
- b) Cláusulas programáticas
- c) Cláusulas operativas.
- a. Normas permisivas,
- b. Normas preceptivas,
- c. Normas prohibitivas
- III.4. El examen de constitucionalidad en el presente caso
- art. 5 de la LEc,
- art. 9 de la LEc,
- art. 12 de la LEc,
- art. 13 de la LEc,
- art. 26 de la LEc
- concesión
- art. 27 de la LEc,
- art. 28 de la LEc
- art. 29 de la LEc,
- art. 30 de la LEc,
- art. 31 de la LEc,
- el art. 32 de la LEc,
- III.5 En cuanto al anterior recurso planteado por el impetrante