SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2006

Fecha: 22-May-2006

i)

i)       Expresa que el art. 136 de la CPE consagra el dominio originario del Estado sobre el suelo, subsuelo con todas sus riquezas naturales, aguas lacustres, fluviales, medicinales, y los elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento, con lo que “el legislador” ha querido evitar dudas sobre el concepto de  bienes nacionales, mediante una descripción de las posibles gamas de conceptos que forman parte de la riqueza nacional, una de ellas la electricidad. En definitiva, es un concepto universal que se traduce en toda forma de aprovechamiento económico  a través de cualquier manifestación física, de las que se deriva la posibilidad de utilización y aprovechamiento económico, motivos por los que el  Congreso Nacional, tiene el derecho no sólo de fiscalizar el uso de las riquezas nacionales, sino también de autorizar los contratos y verificar que sean para beneficio nacional, una vez que ello sea cumplido, se repondrá la  vigencia del art. 137 de la CPE.