SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0646/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0646/2011-R

Fecha: 03-May-2011

iv)

iv) El Tribunal de garantías que conoció el recurso de amparo constitucional anteriormente interpuesto por el representado de los accionantes, a tiempo de anular el Auto Supremo 404/2009 de 28 de noviembre, ordenó que se emita un nuevo Auto, por lo que, conforme al art. 102.II de la LTC, las autoridades recusadas estaban en la obligación ineludible  de emitir esa Resolución. Por su parte la denuncia por prevaricato efectuada por el representado de los accionantes contra los Ministros Recusados ante la Cámara de Diputados, no se adecua a las previsiones del art. 316.6 del CPP, pues era posterior al proceso penal que como autoridades jurisdiccionales conocían.