SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2056/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2056/2012

Fecha: 16-Oct-2012

b) Reunión preliminar.

           b) Reunión preliminar. La reunión preliminar será organizada por las instancias de representación a nivel local de los PIO s y CC en coordinación con sus instancias de representación a nivel regional, departamental y nacional, quienes definirán lugar y fecha del evento y comunicarán por escrito a la AC en un plazo no mayor a siete (7) días calendarios de recibida la convocatoria, debiendo concretarse dicha reunión en un plazo no mayor a diez (10) días calendario, computables a partir de la respuesta a la convocatoria de la AC.

           En la reunión preliminar, la AC presentará los alcances de la AOP que se pretende desarrollar y que será objeto de la consulta, entregado toda la información pública disponible en un ejemplar impreso u otro digital a los representantes de las instancias de representación a nivel local, regional, departamental y nacional de los PIO s CC.

           - Adecuada, ya que cuando estén orientadas a la difusión y conocimiento de las comunidades y organizaciones afectadas (respetando territorialidad, usos y costumbres) deberán adecuarse a las características culturales, lingüísticas, organizativas y sociales de cada Pueblo Indígena, Originario o Comunidad Campesina.