SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2056/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2056/2012

Fecha: 16-Oct-2012

Otros tribunales de países que no han ratificado el Convenio Nº 169 de la OIT, se han referido a la necesidad de llevar a cabo consultas previas con las comunidades indígenas, autóctonas o triviales, sobre cualquier medida administrativa o legislativa que los afecte directamente así como sobre la explotación de recursos naturales en su territorio.

En este sentido se ha pronunciado también la Sentencia de 27 de junio de 2012, dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador donde menciona lo siguiente: Otros tribunales de países que no han ratificado el Convenio Nº 169 de la OIT, se han referido a la necesidad de llevar a cabo consultas previas con las comunidades indígenas, autóctonas o triviales, sobre cualquier medida administrativa o legislativa que los afecte directamente así como sobre la explotación de recursos naturales en su territorio. De ese modo, se observan desarrollos jurisprudenciales similares por parte de altas Cortes de países de la región como Canadá o Estados Unidos de América, o de fuera de la región como Nueva Zelanda. Es decir, la obligación de consulta, además de constituir una norma convencional, es también un principio general del Derecho Internacional.