SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2056/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2056/2012

Fecha: 16-Oct-2012

consulta,

Este artículo, señala que la consulta, en concordancia con los arts. 6 y 15 del Convenio 169 de la OIT, se debe efectuar de buena fe, con principios de veracidad, transparencia, información y oportunidad y que la misma debe realizarse por las autoridades competentes del gobierno y con procedimientos apropiados y que la misma debe ser previa y que lo previo debe darse en dos momentos.