Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0055/2014 de 21 de octubre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0055/2014 de 21 de octubre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 21-Oct-2014

La región como espacio territorial para la gestión desconcentrada

Por ello, el art. 19.II de la LMAD, señala: “La región como espacio territorial para la gestión desconcentrada forma parte del ordenamiento territorial, que podrá ser definida por el gobierno autónomo departamental” (énfasis añadido) Por su parte el art. 20.4 de el mismo cuerpo normativo, indica que: “La región, como espacio de planificación y gestión, tiene los siguientes objetivos: (…) Constituirse en un espacio para la desconcentración administrativa y de servicios del gobierno autónomo departamental” (las negrillas son nuestras).