Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0055/2014 de 21 de octubre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0055/2014 de 21 de octubre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 21-Oct-2014

principio de corrección funcional

Este sentido interpretativo se sustenta a la vez en el principio de corrección funcional propio de la interpretación constitucional, en virtud del cual la interpretación que se realice de la norma constitucional no debe interferir el ámbito de las funciones asignadas por la Constitución a los diferentes órganos de poder, lo que implica que el intérprete debe respetar el marco de distribución de funciones estatales consagrados por la Constitución.

En efecto, la dinámica del ejercicio simultáneo de los diferentes niveles de gobierno está proyectada en un ámbito de complementariedad más que de contraposiciones, de tal forma que en las competencias concurrentes, de acuerdo con el diseño constitucional, y en observancia del principio de interpretación de correccional funcional, la simultaneidad del ejercicio de las facultades reglamentaria y ejecutiva abarca a dos o más niveles subnacionales, es decir, a los gobiernos autónomos…” (el resaltado es nuestro).

En ese marco, la jurisprudencia constitucional desde el inicio entendió que todas las ETA se encuentran habilitadas para el ejercicio de las competencias concurrentes, incluyendo la autonomía regional, que indiscutiblemente podría reglamentar y ejecutar sobre las responsabilidades distribuidas a su favor por la ley del nivel central del Estado. Así también lo entendió el legislador nacional que ya distribuyó responsabilidades a la autonomía regional en determinadas materias, como por ejemplo seguridad ciudadana (competencia concurrente, art. 299.II.14 de la CPE); responsabilidad, que a partir de esta resolución poco meditada, no podría quedar sin efecto, a consecuencia de una interpretación desacertada.