DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2014

Fecha: 10-Nov-2014

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En este sentido, es necesario señalar de acuerdo a lo que establece el artículo 229 de la CPE, es la Procuraduría General del Estado la institución que tiene como atribución promover, defender y precautelar los intereses del Estado. Por lo que el artículo 231 de la CPE, establece cuales son las funciones de esta instancia; como:”1. Defender judicial y extrajudicialmente los intereses del Estado, asumiendo su representación jurídica e interviniendo como sujeto procesal de pleno derecho en todas las acciones judiciales y administrativas, en el marco de la Constitución y la ley.

En cambio el art. 28 de la CPE, señala que: “El ejercicio de los derechos políticos se suspende en los siguientes casos, previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida: 1. Por tomar armas y prestar servicio en fuerzas armadas enemigas en tiempos de guerra; 2. Por defraudación de recursos públicos.; y, 3. Por traición a la patria”.

1º    La COMPATIBILIDAD de los arts.  1, 2, 3, 4, 6, 7.II y III., 9, 10, 11.I., 12, 13, 14, 15, 18.I.1.2.II y III, 19.II., 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26.I.1.2 y 3., 28, 30. 1. 2. 3. 8. 9. 10. 12. 14. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23 y 24., 31, 32, 33.I y II. 34. I.II.IV, 35, 36, 37.I.1.2.3., 39, 43.I. 1.2.3.4.6.7. 9.10.11.13.14. 15.16.17.18.19.20.21.22.25.26 y 27., 45.I, 46, 48, 49.I.1 y 2., 50.I, 51, 52,  53, 54, 56, 57, 58, 59, 60.I.1, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89.I.2., 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 116, 117, 118, 119, 120, 122, 124, 125, 126, 127, 128.I., 129.I.1, la Disposición primera y la Disposición final.