DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2014

Fecha: 10-Nov-2014

ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones

Respecto al ejercicio de las facultades la DCP 0001/2013, señaló que: ”El art. 272 de la CPE, establece que el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por los órganos de los gobiernos autónomos se debe enmarcar en el ámbito de su jurisdicción, competencias y atribuciones.

Al efecto la SCP 2055/2012 precisó lo siguiente: 'De acuerdo con la Constitución la competencia puede ser privativa, exclusiva, concurrente y compartida (art. 297 de la CPE), y conforme se infiere del diseño constitucional efectuado para las diferentes autonomías (arts. 272, 298 y ss. de la CPE), el ejercicio competencial se desarrolla a partir de tres ámbitos de identificación: i) El ámbito jurisdiccional; ii) El ámbito material; y, iii) El ámbito facultativo.