DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0064/2014

Fecha: 10-Nov-2014

Artículo 114º. (Plan de Ordenamiento Urbano)

II.         Debe elaborar, el Plan de Desarrollo Urbano el Plan Regulador y sus respectivos componentes y reglamentaciones, como instrumentos básicos de planificación territorial, en el lapso de doce meses a partir de la vigencia de la Carta Orgánica Municipal, deben ser elaborados en relación a la normativa nacional y de acuerdo a la dinámica interna municipal implementar ajustes de carácter estratégico.

V.          Definirá la gestión de las áreas de expansión urbana, para evitar que esta definición esté en manos de loteadores dando cumplimiento a la normativa técnica, jurídica, vigente, para que en cumplimiento de su competencia exclusiva se reviertan mediante expropiación y sean destinadas a áreas para equipamientos urbano y áreas verdes en el ámbito  urbano.