DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015

Fecha: 14-Ene-2015

declarar la incompatibilidad de la frase “y agrupaciones ciudadanas”, de la previsión observada, por ser contraria a los preceptos constitucionales precedentemente citados.

Luego, se advierte que el concepto de organizaciones políticas aglutina a las tres formas de representación política que reconoce la Constitución Política del Estado; no obstante de ello, la previsión analizada, pretende otorgar un tratamiento diferenciado a las agrupaciones ciudadanas como si fuesen distintas de las organizaciones políticas; por cuya razón resulta redundante nombrar nuevamente a las agrupaciones ciudadanas cuando esta forma de representación ya se encuentra incluida en el concepto de organizaciones políticas, conforme se deduce de lo establecido en el art. 182.IV de la Norma Suprema; en consecuencia, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “y agrupaciones ciudadanas”, de la previsión observada, por ser contraria a los preceptos constitucionales precedentemente citados.