DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015

Fecha: 14-Ene-2015

por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de la primera parte de la regulación analizada, al ser contraria al principio constitucional contenido en el art. 12 de la CPE.

Sin embargo, la previsión analizada, incurre en dicha vulneración al regular a través de su norma institucional básica, el tratamiento que debe dar el nivel central del Estado en materia de energía, imponiendo al mismo, obligaciones de definir la política, planificación y régimen del sector, desconociendo la competencia exclusiva que sobre la materia asigna la Constitución Política del Estado a dicho nivel de gobierno, conforme se infiere de lo dispuesto por el art. 298.II.8 de la Norma Suprema citada.; por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de la primera parte de la regulación analizada, al ser contraria al principio constitucional contenido en el art. 12 de la CPE.