DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2015

Fecha: 14-Ene-2015

la inclusión en el epígrafe de la frase “hábitat y” de la previsión analizada, no guarda conformidad con las competencias constitucionales establecidas en los arts. 298.II.36 y 299.II.15 de la CPE, correspondiendo declarar su incompatibilidad.

De otro lado, es competencia exclusiva municipal, el desarrollo, la planificación y la ejecución o aplicación de políticas de desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos, conforme se desprende de lo establecido en el art. 302.I.29 de la CPE; en consecuencia, no corresponde que el estatuyente municipal resigne el alcance integral de esta competencia municipal, a solo implementar dichas políticas emanadas del nivel central del Estado, cuando este nivel de gobierno no es competente para ello; lo que no debe confundirse con una competencia similar que atribuye al nivel central del Estado, la política general de asentamientos humanos rurales.