DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2015

Fecha: 08-Abr-2015

ARTÍCULO 69.- (INGRESOS MUNICIPALES).

ARTÍCULO 69.- (INGRESOS MUNICIPALES). Los ingresos del Tesoro del Gobierno Autónomo Municipal de Bella Flor, está conformado por los ingresos tributarios, no tributarios, transferencias del nivel central del Estado, o de otras entidades territoriales autónomas, regalías, participación en regalías, donaciones, legados, utilidades de empresas en las que el Gobierno Autónomo Municipal tenga participación, créditos u otros ingresos monetizables y no monetizables.