DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015

Fecha: 22-Abr-2015

a)

El artículo 160 fue declarado incompatible en virtud de que en el mismo: a) Se pretendía que mediante una ley municipal se desarrolle las competencias concurrentes, cuando sobre estas competencias a nivel municipal únicamente se puede emitir reglamentación que corresponde al órgano ejecutivo; b) La resolución municipal allí enunciada, tendría un alcance municipal general, debiendo la misma circunscribirse a asuntos de carácter administrativo interno del órgano deliberante; y, c) En la última frase del articulado, se señala que la normativa descrita entraría en vigencia  partir de su promulgación y publicación, indistintamente. En la readecuación del proyecto de Carta Orgánica en análisis, tenemos que el estatuyente ha expulsado de su ordenamiento la totalidad del mismo, situación sobre la cual corresponde pronunciarse dada la importancia del tema desarrollado.