DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015

Fecha: 22-Abr-2015

“Artículo 210 (Exenciones).-

“Artículo 210 (Exenciones).- Las exenciones tributarias señaladas por Ley que se encuentren bajo la potestad de la administración municipal, se tramitarán en forma específica en el Gobierno Municipal correspondiente y serán objeto de Ley expresa del Concejo Municipal, con las limitaciones establecidas en la Constitución Política del Estado.