DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015

Fecha: 22-Abr-2015

“Artículo 99 (Ámbito de Aplicación).-

“Artículo 99 (Ámbito de Aplicación).- El Gobierno Municipal tiene por objeto regular y establecer el Procedimiento Técnico Administrativo de otorgación de autorizaciones Anuales Municipales sobre el conjunto de actividades relacionadas a la Extracción, Explotación, Aprovechamiento y transporte de Áridos y Agregados en cauces de ríos, afluentes, bancos secos y húmedos, pozos lastraros de propiedad pública o privada, además de áreas potencialmente ricas en otros agregados similares durante las fases de la implementación operación, cierre, rehabilitación y abandono de actividades dentro de la jurisdicción territorial del Municipio Agroecológico Petrolero Industrial Palos Blancos en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda según manda el Numeral 41, Parágrafo I del Artículo 302 de la Constitución Política del Estado”.