DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015

Fecha: 22-Abr-2015

art. 212.II.2

El art. 212.II.2 fue declarado incompatible en virtud de que en el mismo se producía una transgresión del principio de separación de órganos señalado por el art. 12.II de la CPE. En la readecuación de la Carta Orgánica en análisis, tenemos que el estatuyente ha expulsado de su ordenamiento el mismo, situación sobre la cual corresponde pronunciarse dada la importancia del tema desarrollado.